Censo de ex combatientes de Malvinas en Mendoza


Diario Jornada. Desde el 1 de setiembre y hasta el 31 de diciembre, los Centros de Documentación Rápida de la provincia de Mendoza estarán a disposición de los ex veteranos de la guerra de 1982 a fin de que se registren y se conozca con exactitud la cifra. El Ministerio de Trabajo, Justicia y Gobierno informó que se han puesto a disposición los Centros de Documentación Rápida para realizar un censo que permita obtener con exactitud el número de ex combatientes de Malvinas que habitan en la provincia.



Su objetivo fundamental es registrar a todos aquellos soldados de las Fuerzas Armadas y de Seguridad que hayan participado en las acciones bélicas desarrolladas entre el 2 de abril y el 14 de junio de 1982, en el denominado Teatro de Operaciones de Malvinas.

Esto se debe a que, luego de la creación de la Ley 8394 que establece otorgar distintos beneficios a ex combatientes de Malvinas, se presentan numerosos requerimientos que deben cumplir.

Entre estos beneficios se cuentan una pensión honorífica, la obtención de una obra social y la eximición de impuestos inmobiliarios y del automotor.

Hugo Olivera, presidente de la Asociación de ex combatientes explicó que “desde hace meses se está llevando a cabo una registración, pero aún no hemos podido conocer el número exacto de cuántos serán los compañeros que accedan a la pensión honorífica y a los demás beneficios que otorga esta ley”.

“Mediante estos datos podremos conocer en qué departamento de la provincia habita cada ex combatiente para poder cumplir con sus necesidades sin que se vea obligado a trasladarse”, señaló.

Requisitos

Quienes actualmente estén cobrando la pensión honorífica, deberán presentarse únicamente con su DNI y certificado de ex combatiente en cualquiera de los 54 Centros de Documentación Rápida (CDR) distribuidos en la provincia.

Aquellos que aún no son beneficiarios de la pensión deberán presentarse con su DNI y un certificado de la fuerza a la cual perteneció refrendado por el Ministerio de Defensa de la Nación.

Es importante destacar que, en los casos que el veterano de guerra no cobre la pensión honorífica provincial, deberá acreditar 10 años de residencia en Mendoza para percibir los otros beneficios.