El gobernador Antonio Bonfatti promulgó hace un tiempo la ley que amplía los beneficios a los excombatientes de Malvinas de la provincia de Santa Fe, por la cual “se extiende el beneficio previsto en la ley Nº 12867, denominada “Pensión de Honor de Veteranos de Guerra de Malvinas”, a los hijos de los beneficiarios (sin límite de edad), a cónyuges, convivientes, o progenitores, en caso de muerte del titular”. Además, contarán con prioridad para acceder a vacantes en la administración pública.
“Hoy, la herida de la guerra de Malvinas sigue abierta. Nos queda el sinsabor de haber empujado a nuestros chicos a hacerse hombres de la noche a la mañana aunque sean héroes para toda la eternidad; nos dieron una gran lección de solidaridad y patriotismo, desde el gobierno de Santa Fe compartimos su dolor, su lucha por el reconocimiento e intentamos garantizar su dignidad y la de sus familias a través de acciones positivas que son una manera de devolverle algo de lo perdido”, aseguró el gobernador Bonfatti.
La normativa prevé la modificación de la ley Nº 12867 para hacer extensivo el beneficio establecido, en caso de muerte del titular, a los hijos, sin límite de edad, cónyuges, convivientes, o progenitores, y, además, permitir su participación en caso de concurrencia de beneficiarios.
En este sentido, en caso de concurrencia, la pensión se distribuirá de la siguiente manera: 50 por ciento a cada uno si concurren los padres e hijos; el 50 por ciento si concurren la cónyuge y/o conviviente supérstite e hijos; y el 33 por ciento (un tercio) si concurren los progenitores, la cónyuge y/o conviviente según corresponda e hijos; siempre en caso de muerte del titular. Si alguno de los concurrentes falleciera o perdiera su estado de beneficiario, su parte se distribuirá entre los restantes.
VACANTES EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Además, la norma contempla modificaciones para que, en el supuesto de producirse vacantes en la Administración Pública Provincial, y en igualdad de condiciones y puntaje obtenido en el concurso, tendrán prioridad para acceder a la vacante producida los Veteranos de Guerra de Malvinas.
Para ello, se faculta al Poder Ejecutivo a adecuar el sistema de ingreso a la Administración Pública, a fin de otorgarles a los hijos de los Veteranos de Guerra de Malvinas: preferencias que faciliten su ingreso, siempre que se encuentre acreditada la idoneidad para el puesto; invitándose a los Municipios y Comunas de la provincia a adherir a estos postulados y a adoptar, en consecuencia, las medidas tendientes a la efectiva aplicación de los mismos en sus respectivos ámbitos.
PENSIÓN DE HONOR DE VETERANOS DE GUERRA DE MALVINAS
La ley 12867, denominada “Pensión de Honor de Veteranos de Guerra de Malvinas”, cuenta con carácter vitalicio, equivalente a la suma de tres veces el haber mínimo de pensión vigente en la provincia de Santa Fe.
En materia de salud, la ley establece la provisión de cobertura “médico asistencial integral” que brinda el Instituto Autárquico Provincial de Obra Social (Iapos), y un programa de seguimiento a cargo del Ministerio de Salud “para el monitoreo, relevamiento y atención médica de los veteranos de guerra”.
La norma también incluye planes de viviendas para quienes no posean otro bien inmueble, dando prioridad “a los beneficiarios de esta Ley, sin costo alguno”; la eximición del impuesto inmobiliario a quienes sean propietarios; becas de estudio para veteranos y medias becas para sus hijos; y el régimen de jubilación ordinaria para veteranos de guerra de Malvinas, entre otros.
Para percibir este beneficio, quienes se presenten en carácter de excombatientes deberán acreditar “haber participado efectivamente en combate”, “ser nativo de la provincia de Santa Fe” o “tener como mínimo diez años de residencia en la provincia”, entre otros requisitos.
Fuente: Secretaría de Comunicación Social
“Hoy, la herida de la guerra de Malvinas sigue abierta. Nos queda el sinsabor de haber empujado a nuestros chicos a hacerse hombres de la noche a la mañana aunque sean héroes para toda la eternidad; nos dieron una gran lección de solidaridad y patriotismo, desde el gobierno de Santa Fe compartimos su dolor, su lucha por el reconocimiento e intentamos garantizar su dignidad y la de sus familias a través de acciones positivas que son una manera de devolverle algo de lo perdido”, aseguró el gobernador Bonfatti.
La normativa prevé la modificación de la ley Nº 12867 para hacer extensivo el beneficio establecido, en caso de muerte del titular, a los hijos, sin límite de edad, cónyuges, convivientes, o progenitores, y, además, permitir su participación en caso de concurrencia de beneficiarios.
En este sentido, en caso de concurrencia, la pensión se distribuirá de la siguiente manera: 50 por ciento a cada uno si concurren los padres e hijos; el 50 por ciento si concurren la cónyuge y/o conviviente supérstite e hijos; y el 33 por ciento (un tercio) si concurren los progenitores, la cónyuge y/o conviviente según corresponda e hijos; siempre en caso de muerte del titular. Si alguno de los concurrentes falleciera o perdiera su estado de beneficiario, su parte se distribuirá entre los restantes.
VACANTES EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Además, la norma contempla modificaciones para que, en el supuesto de producirse vacantes en la Administración Pública Provincial, y en igualdad de condiciones y puntaje obtenido en el concurso, tendrán prioridad para acceder a la vacante producida los Veteranos de Guerra de Malvinas.
Para ello, se faculta al Poder Ejecutivo a adecuar el sistema de ingreso a la Administración Pública, a fin de otorgarles a los hijos de los Veteranos de Guerra de Malvinas: preferencias que faciliten su ingreso, siempre que se encuentre acreditada la idoneidad para el puesto; invitándose a los Municipios y Comunas de la provincia a adherir a estos postulados y a adoptar, en consecuencia, las medidas tendientes a la efectiva aplicación de los mismos en sus respectivos ámbitos.
PENSIÓN DE HONOR DE VETERANOS DE GUERRA DE MALVINAS
La ley 12867, denominada “Pensión de Honor de Veteranos de Guerra de Malvinas”, cuenta con carácter vitalicio, equivalente a la suma de tres veces el haber mínimo de pensión vigente en la provincia de Santa Fe.
En materia de salud, la ley establece la provisión de cobertura “médico asistencial integral” que brinda el Instituto Autárquico Provincial de Obra Social (Iapos), y un programa de seguimiento a cargo del Ministerio de Salud “para el monitoreo, relevamiento y atención médica de los veteranos de guerra”.
La norma también incluye planes de viviendas para quienes no posean otro bien inmueble, dando prioridad “a los beneficiarios de esta Ley, sin costo alguno”; la eximición del impuesto inmobiliario a quienes sean propietarios; becas de estudio para veteranos y medias becas para sus hijos; y el régimen de jubilación ordinaria para veteranos de guerra de Malvinas, entre otros.
Para percibir este beneficio, quienes se presenten en carácter de excombatientes deberán acreditar “haber participado efectivamente en combate”, “ser nativo de la provincia de Santa Fe” o “tener como mínimo diez años de residencia en la provincia”, entre otros requisitos.
Fuente: Secretaría de Comunicación Social